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miércoles, 31 de diciembre de 2025

PORQUE NO SE DEBE IR A LA FSSPX (CENSURAS CANONICAS)

 


Ya han pasado casi 14 años desde que se hizo del conocimiento público y en todos los medios tradicionales la fractura con la FSSPX ocurrida por la Declaración Doctrinal de Mons. Fellay del 2012 a título de Superior General de la Fraternidad emitida a las autoridades de la Roma modernista apóstata, con el fin de ser reconocidos con una Prelatura personal del papa o simplemente para no ser perseguidos por la postura católica intransigente de Mons Lefebvre. 

La Declaracion Doctrinal en pocas palabras es una aceptación del modernismo (cloaca de todas las herejías), aceptación del rito de la misa nueva (no es misa), aceptación del magisterio ordinario de la iglesia conciliar (aplicación práctica del CV II), aceptación del Vaticano II (solo el 95%) y la aceptación del Código de Derecho Canónico promulgado por "San" Juan Pablo II. Para detalles a este respecto dar clic en los siguientes links.

https://elarietecatolico.blogspot.com/2021/04/la-nueva-fsspx-participa-de-la-herejia.html

https://elarietecatolico.blogspot.com/2014/12/con-motivo-del-martirio-de-san-esteban.html

https://elarietecatolico.blogspot.com/2019/06/san-vicente-de-lerins-advierte-sobre.html

https://elarietecatolico.blogspot.com/2025/03/21-ejemplos-de-liberalismo-en-la-nueva.html

En el pensamiento de muchos católicos en ese momento (2013) debió ser de indignación y rechazo completo, puesto que la lucha que como fieles y sacerdotes se había emprendido en México y otros países había sido para defender nuestra Sacrosanta religión de quienes la querían destruir, defenderla de los modernistas y masones.

Desde la implementación del novus ordo a principios de 1970 en México, hasta antes de establecerse la FSSPX (1984), la lucha siempre había sido contra el Modernismo para preservar la Fe y la religión intacta, cumpliendo el mandato del apóstol: Conserva las palabras saludables en la misma forma que de mí las oíste con fe y amor en Cristo Jesús. Guarda el buen depósito por medio del Espíritu Santo que habita en nosotros. 2 Tim 13-14

La obligación de todo bautizado es preservar la fe, mantener el depósito de la fe (la Tradición), pues sin la fe es imposible agradar a Dios. (Hebr 11, 6)  La FSSPX cumplió a cabalidad la defensa de la Fe enseñada por Mons. Lefebvre desde su fundación hasta que pidieron al papa Benedicto XVI levantar las excomuniones inválidas en 2007. 

La prueba fehaciente de la fidelidad a la Iglesia Católica y a la fe, fue la excomunión lanzada contra Mons. Lefebvre y contra Mons. De castro Mayer por las Consagraciones episcopales de 1988. Murieron confesando la fe y excomulgados por la iglesia conciliar, sincretista y pentecostal.

Tristemente celebraron el levantamiento de excomuniones inexistentes, pero solo levantaron las excomuniones a los 4 obispos de la FSSPX que estaban vivos, para congraciarse con ellos, a Mons Lefebvre y a Mons de Castro Mayer ya durmiendo en Cristo las mantuvieron. Obvio excomuniones inválidas de la secta Conciliar.

Fue desde el jubileo del año 2000  cuando se percibió una apertura de la FSSPX para convivir y congeniarse con los modernistas, a pesar de que Mons. Lefebvre dijo claramente que no se podía trabajar ni cooperar con quienes destruían la religión y la Iglesia.

Pero fue en el 2013 cuando se hizo de conocimiento público la propuesta Doctrinal de la FSSPX emitida por Mons Fellay a Benedicto XVI la que de forma manifiesta demuestra que la fraternidad se adhería a la secta conciliar. Este acto se considera como una declracion pública de apostasía o de aceptacion de herejías.

La respuesta de muchos sacerdotes y fieles en todo el mundo fue manifiesta, no estamos de acuerdo con el liberalismo, concesiones doctrinales ni aceptamos el modernismo, pero al parecer mucha gente tuvo miedo de perder sus fueros (misas, sacramentos, escuelas, contexto social) y no resistieron. En México el Superior de Distrito se ocupó en perseguir y amenazar a los que no comulgaran con el nuevo rumbo liberal de la Fraternidad.

Despues de 14 años, hoy igual que desde el primer día, es necesario resistir al liberalismo y modernismo disimulado de la FSSPX, que mediante la declaracion Doctrinal aceptó los errores y herejías del Concilio Vaticano II. No es posible asistir a las misas o sacramentos de ellos, pues se pone en grave riesgo la fe. La Iglesia por medio del Codigo de Derecho Canónico de 1917 vigente, aprobado y compilado por San Pío X y el papa Benedicto XVI nos previenen con los siguientes cánones:

2314

§1. Todos los apóstatas de la fe cristiana y todos y cada uno de los herejes o cismáticos:

1.º Incurren ipso facto en excomunión;

2.° Si después de amonestados no se enmiendan, deben ser privados de los beneficios, dignidades, pensiones, oficios u otros cargos, que tuvieren en la Iglesia, y ser declarados infames, y a los clérigos, repetida la amonestación, debe deponérseles;

3.° Si dieren su nombre a alguna secta acatólica o se adhirieren públicamente a ella, son ipso facto infames y, quedando en vigor lo que se prescribe en el canon 188, n. 1.° , los clérigos, después deamonestados sin fruto, deben ser degradados.

Adherirse voluntariamente y no rechazar esa adhesion ni condenarla es aceptar una fe distinta, pues el Modernismo es la cloaca de todas las herejías.

2315

Al sospechoso de herejía, que amonestado no hace desaparecer la causa de la sospecha, debe apartársele de los actos legítimos, y si es clérigo, debe además suspendérsele a divinis, una vez repetida inútilmente la amonestación; y si el sospechoso de herejía no se enmienda en el plazo de seis meses cumplidos, después de haber incurrido en la pena, debe ser considerado como hereje y sujeto a las penas de los herejes.

2317

Los que obstinadamente enseñan o defienden, en público o en privado, una doctrina que ciertamente ha sido condenada por la Sede Apostólica o por algún Concilio General, aunque no lo haya sido como formalmente herética, deben ser apartados del ministerio de predicar la palabra de Dios y oír confesiones sacramentales y de todo cargo docente, salvas las demás penas que pueda haber decretado la sentencia condenatoria, o que el Ordinario, después de la amonestación, haya considerado necesarias para reparar el escándalo (1).

La Declaracion Doctrinal de la FSSPX del 2012 es una aceptación clara y formal del modernismo. ¿Que se requería para no incurrir en estas penas gravísimas? Pues lo que muchos católicos han hecho desde la usurpación de la secta conciliar, mantenerse alejado de los modernistas, rechazar en su totalidad el Concilio Vaticano II, no cooperar trabajar ni asistir con quienes traicionan la lucha en defensa de la fe y de la Iglesia. Si la Fraternidad San Pío X NO quería ser sujeta de estas sanciones eclesiasticas debieron y deben rechazar esa Declaración escandalosa que pone en riesgo la fe.

A continuación el Manual de Teología Moral nos explica lo que debe hacerse cuando la Fe es expuesta y se corre el riesgo de dañarla, atenuarla o perderla, se debe hacer un Acto de Fe por Derecho Divino. De Derecho Divino pues esta en juego la Palabra de Dios, su Gloria y su Honor.

El acto externo de Fe por Derecho Divino:

Positivamente, aun con peligro de la vida, cuando lo exige así el honor de Dios o el bien del prójimo.

a) El honor de Dios lo exige: 1.° Cuando alguien es interrogado por la legitima autoridad (no por un hombre privado), y el silencio o disimulo equivaliese a negar la fe (D 1168: cf. Mt 10,32-33).

2.° Cuando por odio a la religión fuese alguno impulsado, aun por personas privadas, a negar la fe de palabra o de obra (v.gr., el amo que obligara a sus siervos a comer carne en día de vigilia precisamente por odio a la Iglesia o desprecio de la fe).

 b) El provecho espiritual del prójimo exige que profesemos externamente nuestra fe cuando de lo contrario se seguiría grave escándalo (v.gr., un sacerdote que callara al oir una herejía: sería como autorizarla ante los demás) o grave peligro espiritual (v.gr., de que los pusilánimes apostaten de la fe si no les damos ejemplo de valentía y fortaleza en confesarla).

Por derecho eclesiástico:

Están obligados a hacer pública profesión de fe, según la fórmula aprobada por la Santa Sede:

a) Todos aquellos de quienes se habla en el canon 833 (cardenales, obispos, párrocos, etc., al tomar posesión de sus cargos).

b) Los adultos que van a recibir el bautismo. En el bautismo de los párvulos, sus padrinos recitan el Credo en nombre de ellos.

c) Los que vuelven al seno de la Iglesia católica desde la herejía o el cisma.

El acto de Fe externo:

Negativamente en todo momento, en cuanto que siempre está prohibido negar la fe verdadera y profesar o simular una fe falsa.

Profesar o simular una fe falsa esta prohibido. Aun si la FSSPX dijera que no aceptan esa Declaración sin rechazarla ni reparar el escandalo sería una forma de simulación lo cual en materia de Fe esta prohibido.

La Fraternidad al aceptar herejías, pecado contra la fe, obliga a los fieles a manifestar la fe públicamente, para no participar del grave escandalo. Pone por ejemplo, al sacerdote que calla al oir una herejía, callar equivale a aceptarla ante los demas. La FSSPX no retiro ni se retractó de herejía publica, por eso los fieles a la Iglesia Católica deben de retirarse, para no participar de su falta.

Si la Fraternidad dijera que esa profesión de Fe de mons. Fellay a nombre de la SSPX era de" mentiritas", sigue siendo pecado contra la fe y es deber de el retractarse, deber de los sacerdotes y obispos, rechazar públicamente ese error de herejía. Los que no lo rechazaron incurren en el mismo pecado contra la fe por complicidad, o cooperación al mal.

La teología moral nos explicó que la fe no se debe negar en público, tampoco se debe aceptar doctrinas contrarias a la fe, incluso esto esta penado por la legislación de la Iglesia en el Codigo de Derecho Canonico, como lo expusimos anterormente. Ahora bien los fieles que permanecen con los clérigos que aceptan una fe distinta a la católica, que son sospechosos de herejía por permanecer en esa situación sin remediar el escandalo, tienen que saber que la Iglesia suspende de sus funciones eclesiasticas para proteger el Depósito de la fe, la cual es la puerta para recibir todas las gracias de Nuestro Señor JEsucristo y de la Iglesia.



Por eso me obstino, y si se quiere conocer el motivo profundo de esa obstinación, helo aquí. En la hora de mi muerte, cuando Nuestro Señor me pregunte: "¿Qué has hecho de tu episcopado, qué has hecho de tu gracia episcopal y sacerdotal?", no quiero oír de su boca estas terribles palabras: "Has contribuido a destruir mi Iglesia con los demás". (Mons. Lefebvre)